Trabajadores sustentan en Corte demanda contra enmiendas

Quito, 30 de septiembre de 2016. El Colectivo Unitario de Trabajadores ratificó que las enmiendas viola la Constitución al restringir derechos y garantías laborales, como la libre organización y contratación colectiva

 

cc-3-ok

 

TRABAJADORES SUSTENTAN EN CORTE DEMANDA CONTRA ENMIENDAS

Quito, 29 de septiembre de 2016

Recién a los nueve meses de haber sido presentada la demanda de inconstitucionalidad contra las enmiendas constitucionales aprobadas el 3 de diciembre de 2015, la Corte Constitucional dio paso este jueves 29 de septiembre a la audiencia pública para recibir los alegatos jurídicos de los abogados del Colectivo Unitario de Trabajadores y Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y sustentar jurídicamente la ilegalidad de las enmiendas, violatorias de la Constitución.

La demora para el trámite de las 10 demandas de inconstitucionalidad que existen en contra de las enmiendas, contrasta con la premura y brevedad con que se tramitan las peticiones que se realizan  a la Corte Constitucional, relacionadas con el gobierno.

Joaquín Viteri, abogado del Colectivo Unitario y FUT (CEDOCUT, CEOSL, UGTE y CTE), UNE, Conaie y Frente Popular, ratificó que las enmiendas son inconstitucionales porque restringen derechos y garantías consagradas en la Constitución, y expuso los argumentos jurídicos que respaldan la demanda.

 

cc-6-a

Viteri dijo que las enmiendas “restringen derechos y garantías proclamadas por la Constitución a favor de las trabajadoras y trabajadores que prestan sus servicios en el sector público, al trasladarles del régimen del Código de Trabajo al de la Ley Orgánica de Servicio Público, y restringirle de la protección de la contratación colectiva”.

Señaló que esta restricción no puede ser establecida a través de una enmienda constitucional, sino a través de la reforma constitucional. Dejó sentado que según la Constitución, Art. 326, el derecho al trabajo se sustenta en los principios de que los derechos laborales son irrenunciables e intangibles y que toda disposición en contrario será declarada nula.

Por ello, afirmó que evidentemente los derechos de trabajadoras y trabajadores han sido vulnerados y que por tanto debe declararse la inconstitucionalidad de las enmiendas, para restituir los derechos laborales violentados.

Igualmente, precisó que el mismos Art. 326 garantiza “el derecho y libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa…”.

 

cc-4-acc-5-a

El jurista laboral sostuvo que “todos y cada uno de los principios que establece la Constitución, como garantía para los trabajadores, han sido desconocidos y vulnerados por las enmiendas inconstitucionales al despojarles a las personas trabajadoras que laboran en el sector público de sus derechos a presentar, negociar y suscribir los contratos colectivos”.

A la audiencia asistieron los principales representantes del Colectivo Unitario de Trabajadores, del FUT y de otras organizaciones sociales.

 

cc-9-a

La Corte Constitucional también recibió los sustentos jurídicos de otras personas y grupos que han presentado similares demandas de inconstitucionalidad en contra de las enmiendas, entre ellas la Contraloría General del Estado. También receptó los alegatos a favor de la legalidad de las enmiendas de la Presidencia de la República, Asamblea Nacional y Procuraduría General del Estado.

 

cc-3-a

Los jueces de la Corte Constitucional, encabezados por su presidente Alfredo Ruiz (segundo desde la Izq., serán los encargados de emitir la respuesta a las demandas. Ruiz fue recusado Unidad Popular por no representar imparcialidad
PRENSA
CEDOCUT